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No sería oportuna una reforma constitucional

Por Jottin Cury

En su último discurso, el presidente Luis Abinader anunció que impulsaría una modificación constitucional en el transcurso del presente año con el propósito de “atar la independencia del Ministerio Público”. Sería absurdo negar que uno de los mayores aciertos de este Gobierno ha sido la designación de la doctora Miriam Germán y su equipo en la Procuraduría General de la República. El actual mandatario cumplió con su promesa de campaña al nombrar un personal independiente en ese sensible órgano del Estado. Ahora bien, lo que no se justifica, al menos en esta coyuntura, es una eventual enmienda a la Carta Sustantiva con el pretexto de sustraerle al Poder Ejecutivo la potestad de nombrar al máximo representante del Ministerio Público.

Coincido con el mandatario cuando señaló que “el camino hacia un sistema de consecuencias ante el delito, igual para todos, es ya irreversible”, frase que expresa, sin lugar a dudas, una de las máximas aspiraciones de todos los dominicanos. La inveterada impunidad que nos ha caracterizado, así como la ausencia de un régimen de consecuencias frente a la corrupción endémica que ha destruido nuestro país, constituye, a mi modo de ver, una de las mayores desgracias que ha impedido el fortalecimiento institucional. Sin embargo, pretender una reforma constitucional para que el Congreso o, en su defecto, cualquier otra entidad seleccione a los representantes de la sociedad ante los tribunales, es un argumento insuficiente para una iniciativa de esta naturaleza.

Más claramente, la aspiración del presidente Abinader de garantizar que en lo sucesivo personas idóneas sean las encargadas de perseguir hechos punibles no depende de la aprobación de nuevas leyes o de una reforma constitucional. Es un tema de transparencia y voluntad política. La prueba de ello es que actualmente, a diferencia de gestiones anteriores, se están realizando serios esfuerzos por perseguir la corrupción. De manera que poco importa el mecanismo de selección, toda vez que generalmente el mandatario de turno tiene mayoría en las cámaras legislativas y sería ilusorio creer que cambiar el método de escogencia garantizaría la independencia del Ministerio Público. A final de cuentas serían los mismos políticos quienes ejecutarían esa misión.

El destacado abogado y político, José Ricardo Taveras, publicó el pasado año en “El Nuevo Diario” una carta dirigida al presidente Abinader en la que advirtió la improcedencia de retocar la Carta Fundamental para reforzar las atribuciones y competencias del Ministerio Público. El reconocido jurista puntualizó exhaustivamente que todas las aspiraciones del mandatario ya se encuentran plasmadas en la normativa vigente, al indicar: “En general, salvo la inamovilidad, que aunque está consagrada presenta un estatuto confuso en lo que respecta al procurador general de la República y sus adjuntos designados, todos esos propósitos ya existen como principios de naturaleza legal y constitucional (…)”. Ciertamente es así, bastarían ligeras enmiendas legales para concretar las metas concebidas por el mandatario en cuanto al estatuto del Ministerio Público.

Una gran parte de los políticos dominicanos tiene la falsa creencia de que la causa de los problemas que nos afligen se encuentra en las imperfecciones, insuficiencias o imprevisiones de las normas de convivencia social. Se trata de un razonamiento especioso, defectuoso y, si se quiere, hasta demagógico, puesto que las dificultades se resuelven adoptando medidas puntuales y no enmendando normas abstractas. Como se dice popularmente, la fiebre no está en la sábana. No es reformando preceptos constitucionales ni votando nuevas normas, fenómeno este último que los franceses denominan como “inflación de las leyes”, que se garantizan soluciones a los múltiples males que padecemos.

El magistrado del Tribunal Constitucional español, Pedro Gónzalez Trevijano, ha expresado que debemos abandonar la creencia de que los problemas se solucionan por el simple hecho de reformar los preceptos constitucionales, pues tales modificaciones no tienen un efecto taumatúrgico. Y eso es precisamente lo que está sucediendo en estos momentos al pretender una enmienda de la Ley Fundamental. La Constitución proclamada el 26 de enero de 2010 fue el resultado de un amplio consenso y múltiples consultas con los sectores más representativos de la población, que no guardó relación con una crisis política coyuntural como la que se produjo en 1994, o con temas relativos a la reelección como las de 2002 y 2015. Claro, sin señalar la funesta intentona de 2019 que generó un masivo rechazo nacional e internacional.

En otros términos, la reforma constitucional de 2010 fue el resultado de un esfuerzo ponderado y reflexivo que contó con un sólido consenso social. En cambio, las desmedidas ambiciones del anterior mandatario propiciaron una arbitraria modificación en 2015, sin contar con la obligatoria consulta popular prevista en el artículo 272 de nuestro Supremo Estatuto Político. Luego, mediante el uso abusivo de la fuerza, se militarizó el Congreso en 2019 para estuprarla nuevamente, afortunadamente no se alcanzó el objetivo. Los esfuerzos combinados del expresidente Leonel Fernández y del actual mandatario impidieron esta nefasta tentativa. Por tanto, ¿cómo explicar ahora una modificación constitucional, por demás innecesaria, luego del trauma generado la última vez que intentó reformarse? Claro, las circunstancias son distintas, pero aún así una eventualidad de esta naturaleza generaría sinsabores, suspicacias e incertidumbre en una población que necesita tranquilidad, sosiego y que se dinamice la economía para fomentar fuentes de empleo.

Una posible modificación constitucional no es la solución; por el contrario, una vez se abra esa Caja de Pandora no se sabe lo que podría ocurrir, máxime con tantos intereses y apetencias en una sociedad tan compleja como la nuestra. Los poderes fácticos aprovecharían la ocasión para introducir los puntos de su agenda, los cuales difieren del interés nacional. Actualmente contamos con un texto constitucional bien elaborado y articulado que debe desarrollarse, pues estos instrumentos normativos no deberían adaptarse a los designios de cada gobernante. Tomemos como ejemplo la Constitución española de 1978, la cual no ha sido revisada hasta la fecha, esto es, 43 años después. El profesor Diego López Garrido, eminente político y catedrático español, ha afirmado en numerosas ocasiones que la Constitución dominicana de 2010 es la más completa, avanzada y mejor estructurada de Iberoamérica, toda vez que consigna derechos, deberes, garantías, principios y valores que no existían en los textos constitucionales anteriores.

Debemos ser sensatos y no tomar el rábano por las hojas. Nuestros problemas institucionales no guardan relación con las normas vigentes. No es momento de abocarnos a una precipitada reforma constitucional. Dejemos que el Tribunal Constitucional y la jurisdicción judicial se encarguen de expandir con sus decisiones el contenido de la Ley Suprema. En tal sentido, debemos orientar esfuerzos para que se cumplan las disposiciones que nos rigen, independientemente de su jerarquía normativa, puesto que el tradicional menosprecio a las mismas es un aspecto que guarda un estrecho vínculo con nuestra historia, cultura e idiosincrasia
En definitiva, lo conveniente es que las autoridades ponderen objetivamente las múltiples aristas que supone un proceso de revisión constitucional. Se debe tomar en cuenta la situación que atraviesa el país, toda vez que sin haber rebasado los efectos de la pandemia, ya se piensa iniciar un nuevo y delicado proceso que, a mi juicio, sería causa generadora de mayor incertidumbre y perturbación en la sociedad dominicana.

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