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Autoridad Portuaria Dominicana es el organismo regulador del Sistema Portuario Nacional.
Es su tarea dirigir y administrar los puertos marítimos e incrementar el comercio internacional del país.
Se define como un organismo, con carácter autónomo, patrimonio propio e independencia y duración ilimitada, sujeta a las prescripciones de la Ley No. 70, y a los reglamentos que dicte el Poder Ejecutivo.
a Autoridad Portuaria Dominicana nace como respuesta a la necesidad que tenía el país de contar con un sistema portuario moderno, sustentado en reglamentaciones claras; y capaz de garantizar la materialización de operaciones, acorde con las demandas del comercio marítimo Internacional.
Antes de los primeros años de la década de 1970, el país no contaba con un organismo rector de las actividades comerciales de los puertos locales, como era la norma en otros países de América Latina. Es con la presentación de un proyecto del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) que el tema comienza a considerarse de manera más formal en los estamentos del gobierno.
El desarrollo del comercio marítimo local, dependía y exigía ya, operar conforme a políticas económicas internacionalmente aceptadas, y para eso se debía contar con un organismo capaz de velar por ello.
El 17 de Diciembre de 1970, fué aprobada la Ley 70-70, que creó la Autoridad Portuaria Dominicana. Es a partir de aquí que esta institución fue definida como un organismo autónomo y descentralizado del Estado Dominicano, con el objetivo de dirigir y administrar los puertos marítimos del país e incrementar el comercio internacional.
Con la Ley Número 169-75, del 19 de mayo del año 1995, se varía la conformación del Consejo de Administración, según lo establecía la Ley 70. Dentro de los antecedentes de la institución cabe citar el Reglamento Número 1,673, sobre la presentación de servicios de Autoridad Portuaria Dominicana, el cual fue modificado posteriormente en los años 1999, 2002 y el 2005; por los decretos 572-99, 519-02 y 612-05, respectivamente.
La Autoridad Portuaria Dominicana de manos de importantes asesores externos, ha venido desarrollando, desde el año 2006, procesos de planificación estratégica que han contado con el involucramiento de todas sus unidades organizacionales, a través de diversos talleres y reuniones de trabajo. Estos procesos han posibilitado la identificación de áreas estratégicas en el accionar de la Autoridad Portuaria Dominicana, así como la definición de objetivos, operaciones, acciones y resultados esperados.
Funciones de esta institución:
Supervisar y fiscalizar los sistemas de balizamiento y ayuda a la navegación.
Fiscalizar los contratos de balizamiento en los puertos.
Regular las acciones del Cuerpo de Pilotos para que las operaciones de atraque y desatraque se dinamicen de manera positiva.
Dirigir las acciones del Cuerpo de Bomberos de Autoridad Portuaria Dominicana
Controlar los retiros de desechos en los puertos del país en coordinación con el Ministerio de Medio Ambiente.
Autorizar, verificar y supervisar el manejo de los desechos oleosos de los buques.
Fiscalizar las operaciones de los CHIPCHANDLER.
Supervisar para evitar el abandono de buques en puertos, ríos y ensenadas
Coordinar con las diferentes comisiones portuarias el Plan de Contingencia, en caso del registro de fenómenos naturales de incidencia considerable.
Para contactar a la Autoridad Portuaria: Ubicacion física, Puerto Río Haina, Margen Oriental, Km 13 ½ Carretera Sánchez, Sto. Dgo. Oeste, Prov. Santo Domingo, R.D. teléfonos (809) 537-0055 – (809) 537-1706 Otros:
info@portuaria.gob.do
Dan/Sfd