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Por Darío Nin
¿Existe alguna disposición que exija a las instituciones educativas, la instrucción en la formación social y cívica, la enseñanza de la Constitución, de derechos y deberes fundamentales y los valores patrios?
Claro que sí!. El artículo 63 inciso 13 de la Constitución Dominicana , dispone que, con la finalidad de formar ciudadanas y ciudadanos conscientes de sus derechos y deberes, en todas las instituciones de educación pública y privada, serán obligatorias la instrucción en la formación social y cívica, la enseñanza de la Constitución, de los derechos y garantías fundamentales, de los valores patrios y de los principios de convivencia pacífica.
Por lo que, cualquier persona puede exigir elevando un amparo de cumplimento estas obligaciones, a las instituciones dedicadas a la educación, sean estas públicas o privadas. Instituciones como el Ministerio de educación, (MINERD), el Ministerios de educación Superior Ciencia y Tecnología, el Defensor del Pueblo y el Tribunal Constitucional tienen el Derecho y el deber de hacerlo.
Nos volveremos a ver en el camino, Hasta la próxima que Dios nos continúe bendiciendo.
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