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Por Darío Nin
Esta disposición transitoria hace referencia a las elecciones del 2028, para estas elecciones la reforma contempla que por excepción a los dispuesto en el artículo 209 que establece las elecciones unificadas, para el 2028 o sea próximo certamen, se haga de manera separadas como se ha hecho hasta ahora.
Las de presidente, vicepresidente y representantes legislativos y parlamentarios de organismos internacionales, el tercer domingo del mes de mayo y las de las autoridades municipales, el tercer domingo del mes de febrero.
Nos volveremos a ver en el camino. Hasta la próxima. Que Dios nos continúe bendiciendo.
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