Conozcamos los principios que sustentan el Código Penal Dominicano.El principio de irretroactividad de la ley penal

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Por Darío Nin

Uno de los pilares fundamentales del nuevo Código Penal, instituido por la Ley 74-25, es el principio de irretroactividad de la ley penal. Este principio es una garantía esencial del Estado social y democrático de derecho, porque protege a las personas de ser juzgadas con leyes que no existían en el momento en que ocurrieron los hechos.

En términos simples, significa que una ley penal nueva no puede usarse para castigar hechos que pasaron antes de que esa ley existiera. Esto garantiza que todos sepamos con anticipación qué conductas están prohibidas y cuáles son sus consecuencias. Sin embargo, este principio tiene una excepción humanitaria. Si la nueva ley beneficia al imputado, sí puede aplicarse retroactivamente.

Por ejemplo, si una persona cometió un hecho cuando la pena era de tres años de prisión y luego la ley baja esa pena o elimina el delito, esa Nueva disposición, más favorable, sí puede aplicarse a quien ya fue condenado o está siendo juzgado.

Esto protege la confianza de los ciudadanos en el orden jurídico, evitando la inseguridad y fortaleciendo la certeza jurídica.

En la próxima entrega veremos el principio de interpretación estricta, para que ninguna norma penal se amplíe en perjuicio del ciudadano.

Nos volveremos a ver en el camino. Hasta la próxima. ¡Que Dios nos continúe bendiciendo!

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