Conozcamos los principios en que se sustenta el Código Penal Dominicano: Principio VII el Principio de Humanidad

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El Principio de Humanidad.

Este principio establece que ninguna persona puede ser condenada a penas inhumanas o degradantes.

En palabras sencillas, aunque una persona cometa un delito y deba responder ante la justicia, nunca pierde su dignidad humana.

Esto significa que las autoridades deben garantizar condiciones compatibles con la dignidad humana, sin humillaciones ni violencias.

La pena es la sanción que impone una sentencia, no el sufrimiento innecesario. Este principio recuerda que la justicia debe ser firme, pero siempre respetuosa de los derechos fundamentales.

En la próxima entrega conoceremos el Principio de Resocialización, que nos enseña que el objetivo principal de las penas no es solo castigar, sino promover la reeducación y la reinserción social de la persona condenada.

Nos volveremos a ver en el camino. Hasta la próxima. ¡Que Dios nos continúe bendiciendo!!!

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