|
En audio
|
Hola que tal’?
contigo Dario Nin
Quién comete Hostigamiento e intimidación o, “bullying. Conforme al Artículo 121, de la ley 74-25 Comete “bullying” quien intimide, insulte o incurra en burlas o agresiones verbales, fomente exclusión o aislamiento en el ámbito educativo, laboral, social o cualquier otro, con el objetivo de avergonzar, denigrar, asustar, humillar, manipular, aislar, generar inseguridad y entorpecer el normal desenvolvimiento de una persona o grupo.
El “bullying” será sancionado con quince días a un año de prisión menor y multa de uno a dos salarios mínimos del sector público.
En caso de reincidencia se sancionará con uno a dos años de prisión menor y multa de tres a seis salarios mínimos del sector público.
Nos volveremos a ver en el camino. hasta la próxima que Dios nos continúe bendiciones…
